ARTÍCULO 11.- Los usuarios adultos podrán obtener préstamo a domicilio todos los materiales que integran la colección general.
ARTÍCULO 12.- Los niños podrán solicitar a préstamo a domicilio los materiales que integran la colección infantil, exceptuando los materiales de consulta.
ARTÍCULO 13.- El material de la colección de consulta solo se proporcionara en la sala.
ARTÍCULO 14.- Las publicaciones de la hemeroteca se prestaran en el espacio asignado a esta, en estantería abierta, los últimos números y los números anteriores en estantería cerrada.
ARTÍCULO 15.- Los usuarios podrán hacer uso de la colección de audiovisual y juegos didácticos solicitándolo en el mostrador de servicios, para su consulta en la sala de usos múltiples, siempre y cuando no se encuentre ocupado.
ARTÍCULO 16.- Se otorgara préstamo en la sala a toda persona que lo solicite.
ARTÍCULO 17.- Podrá hacer uso en la sala hasta de tres materiales simultáneamente.
ARTÍCULO 18.- Podrá solicitar previa reservación la sala de usos múltiples, para estudiar en grupo contando con el material de apoyo de esta, así como el acervo y las colecciones de audiovisuales.
ARTÍCULO 19.- Para hacer uso del préstamo a domicilio los usuarios deberán obtener una credencial, la cual será expedida por la biblioteca de forma gratuita, presentando los siguientes requisitos;
1.- Copia de comprobante de domicilio actual.
2.- 2 fotografías recientes tamaño infantil.
3.- Copia de identificación reciente.
4.- Copia del comprobante de domicilio de algún conocido.
ARTÍCULO 20.- L a vigencia de la credencial será de un año, la biblioteca se reserva el derecho de concederla después de tres meses de inactividad.
ARTÍCULO 21.- La credencial es personal e intransferible.
ARTÍCULO 22.-En caso de pérdida o deterioro la biblioteca expedirá un duplicado a solicitud del interesado, pero solo una vez dentro del periodo de registro.
ARTÍCULO 23.- En caso de cancelación por inactividad, el usuario podrá solicitar la reactivación de la misma presentado su credencial.
ARTÍCULO 24.- El usuario deberá solicitar notificar a la biblioteca cualquier cambio de domicilio o teléfono, tanto de él cómo de su conocido.
ARTÍCULO 25.- El usuario podrá solicitar el préstamo a domicilio de tres libros simultáneamente del material autorizado para dicho fin.
ARTÍCULO 26.- La duración del préstamo a domicilio será de una semana exceptuando el material de literatura, el cual será prestado durante dos semanas.
ARTÍCULO 27.- El usuario podrá solicitar la renovación del material siempre y cuando no allá sido solicitado por otro usuario.
ARTÍCULO 28.- En caso de que el libro solicitado por el usuario se encuentre en préstamo, podrá solicitar el apartado del mismo a fin de proporcionarlo solo cuando se devuelva. El usuario deberá recoger el libro en la fecha indicada, de lo contrario se cancelara su apartado.
ARTÍCULO 29.- El usuario y el bibliotecario deberán verificar las condiciones de los materiales obtenidos para préstamo a domicilio.
ARTÍCULO 30.- En el caso en el que el usuario no pueda devolver los materiales, podrá enviarlos con una persona de su confianza y solicitar un comprobante de devolución.
ARTÍCULO 31.- Los usuarios podrán acceder a la biblioteca, para entrega de sus bolsas, mochilas o paquetes en el guarda ropa y registro en formato para dicho fin.
ARTÍCULO 32.- Los usuarios podrán consultar hasta tres libros a la vez en la sala de lectura.
ARTÍCULO 33.- Después de usar los materiales de la biblioteca, el usuario deberá colocarlos en los lugares registrados para dicho fin (carro transporta libros), y no en los anaqueles.
ARTÍCULO 34.- Los usuarios deberán conservar en buen estado los libros que utilicen, evitando subrayarlos, hacer anotaciones, dibujar en ellos o mutilarlos.
ARTÍCULO 35.- Los usuarios deberán abstenerse de fumar e introducir bebidas y alimentos al “Faro del Saber”.
ARTÍCULO 36.- Los usuarios están obligados a cuidar la limpieza, buen estado del edificio, mobiliario, equipo y acervo bibliohemerografico del “Faro del Saber”.
ARTÍCULO 37.- Cada usuario deberá guardar el silencio necesario para permitir que los demás puedan realizar sus actividades de su interés dentro del “Faro del Saber”.
ARTÍCULO 38.- Los usuarios que no devuelvan los materiales de préstamo en la fecha indicada se harán acreedores de una amonestación, misma que será registrada como nota de alarma en módulo de circulación de Alexandria. ARTÍCULO 39.- Si el usuario se retrasa tres veces en el periodo de un año en la entrega de los materiales, será cancelada su credencial durante un año.
ARTÍCULO 40.- El usuario merecerá la suspensión definitiva del servicio de préstamo a domicilio, cuando después de haberle enviado dos recordatorios, uno cada dos semanas de retraso para la devolución del material en préstamo, y no responda a ellos. En dicho caso el fiador deberá regresar a la biblioteca los libros o bien entregar los que determine la autoridad.
ARTÍCULO 41.- En los casos que el usuario proporcione datos falsos para la expedición de credencial o altere datos de la misma con tachaduras, enmendaduras, etc. será motivo de cancelación definitiva del servicio.
ARTÍCULO 42.- La credencial del “Faro del Saber”, no es un documento oficial para trámites oficiales.
ARTÍCULO 43.- En caso de pérdida del material prestado, el usuario deberá reponerlo a la biblioteca, si este no responde, deberá de reponerlo su fiador. Si el libro no se encuentra a la venta, las autoridades de la biblioteca determinaran el título que habrá de sustituirlo
ARTÍCULO 44.- Cuando el usuario devuelva mutilados o deteriorados los materiales que solicito a domicilio, deberá pagar el costo de restauración.
ARTÍCULO 45.- Cuando el usuario que en el recinto de la biblioteca mutile algún material propiedad de la misma o lo sustraiga le será suspendido el otorgamiento de los servicios y se le pondrá a disposición de las autoridades correspondientes.
ARTÍCULO 46.- Si el usuario viola las normas de comportamiento establecidas mismas que deberán de estar siempre a la vista de los usuarios, se le suspenderá el derecho a los servicios por un periodo acorde a la magnitud de la falta cometida.
ATENTAMENTE:
LA ADMINISTRACIÓN.